La diferencia entre Defensa de la Competencia y Derechos del Consumidor.
La racionalidad económica detrás de cada una de ella es diferente y se encuentra determinada por el problema económico que cada una de ellas puede afrontar de manera eficiente.
Las políticas de competencia buscan el establecimiento de un mercado "similar" a la competencia perfecta. Cuando utilizo la palabra "similar" es para dejar entendido que se trata de reproducir las condiciones de competencia perfecta (visión idealista del mercado) que es un objetivo inalcanzable y en ocasiones contraproducente en los casos de la existencia de economías de escala.
Siendo realistas se prohíben aquellos acuerdos que violan la competencia en igualdad de condiciones, los acuerdos de fijación de precios o cantidades, el abuso de posición dominante y las practicas anticompetitivas violatorias a la ley y ponen en riesgo la libre competencia y afectan al consumidor.
Las políticas de defensa del consumidor están orientadas a subsanar las ineficiencias del mercado en que se desenvuelven los consumidores y que proviene de la " brecha informativa" que surge desde el momento que un productor posee mucha más información sobre el producto que está vendiendo o el servicio que ofrece, que aquella que los consumidores conocen en el momento de realizar la búsqueda en el mercado.
En este sentido, los derechos del consumidor abarca un espectro más amplio de áreas entre las que están la prohibición a la publicidad engañosa, regular los contratos de adhesión que realizan los consumidores, las garantías otorgadas por las tiendas que pueden ser reguladas por diversas vías, pero fundamentalmente en el mandato de hacer del conocimiento público los términos, condiciones y cargos a los que serán sujetos los consumidores al realizar una compra, es decir, certeza y seguridad jurídica en las relaciones contractuales entre compradores y vendedores o proveedores.
Esta diferencia de elementos que tratan ambas disciplinas, establece una independencia sustancial en las funciones económicas, es decir, las herramientas que son utilizadas para la defensa del consumidor ( como la mediación, conciliación y el arbitraje) son inapropiada e ineficiente para injerir en la prohibición de prácticas anticompetitivas, y viceversa en relación a los instrumentos de la defensa de la competencia como son los estudios de mercado dentro de estos es importante conocer el mercado relevante, se debe determinar la posición de dominio de los agentes económicos entre otros no menos importantes.


